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la directiva

miércoles, 9 de marzo de 2011

Noticia publicada el: 09/03/11
Opinión: Industria pesquera y libre competencia
A continuación reproducimos una columna de opinión escrita por el abogado de la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC) y LL.M (Master of Laws) de la Duke University School of Law (Estados Unidos) 2007-2008, Gonzalo Cruzat Valdés, quien actualmente se dedica a la investigación de temas concernientes a la libre competencia. El texto fue publicado ayer martes 8 de marzo en Estrategia:
"Recientemente, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) se pronunció respecto a la industria pesquera nacional en el contexto del estudio que hizo del régimen de acceso a los recursos pesqueros. Frente a ello, los incumbentes se han visto enfrentados, a la posibilidad cierta, de ver amenazados sus privilegios una vez que expire la Ley de Límites Máximos de Captura por Armador (LMCA) en vigencia.
Bajo este marco, es oportuno destacar algunos aspectos:
1. Prudencia del Ejecutivo: finalmente, la autoridad entendió que no podía dictar una nueva ley de cuotas sin antes esperar el pronunciamiento del TDLC en la materia. El terremoto les dio a los incumbentes la oportunidad para requerir de la autoridad una prórroga a sus beneficios, sin pretexto de no invertir en la zona afectada . Afortunadamente, no se obró de manera apresurada.
2. Concentración de la industria pesquera: quedan claros los altos niveles de concentración habidos en la industria, y con ello los riesgos de competencia asociados. Niveles de concentración que aumentan con las fusiones en curso. Cabe destacar, que en la industria no se ha producido el ingreso de ningún nuevo actor, entendido por éste a una empresa con control corporativo independiente de la empresa a la que se asignó inicialmente cuota .
3. Se equivocan aquellos que creen que el sistema de licitación de cuotas ha sido desechado por el TDLC como mecanismo a implementar. El Tribunal sostuvo que no es ‘estrictamente" necesario implementar un mecanismo de este tipo, lo que dista mucho de sostener que el mismo no es necesario.
Por último, no olvidar que las autorizaciones de pesca confieren derechos para explotar bienes públicos, siendo un deber del Estado velar porque dicha autorización redunde en beneficio de la comunidad toda. Por tanto, no sería correcto conceder el uso y goce exclusivo y gratuito sobre una cuota si con ello se afecta el interés público. Lo anterior no se condice con un régimen de competencia, y puede presentar ribetes de inconstitucionalidad".