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martes, 11 de septiembre de 2012

Ley de Pesca: Para dejar un mar desierto y a millones sin alimento; hay que hacer una ley E-mail
Escrito por Lester Chavez Campbell (resumen.cl)   
El nuevo Proyecto de Ley de Pesca que impulsa el Gobierno, que según las palabras del Propio Sebastián Piñera “viene a cambiar el paradigma sobre el cual se ha basado la explotación de los recursos pesqueros chilenos durante los últimos 15 años”, al igual que las leyes anteriores tiene por objetivo garantizar el Uso Sustentable de los Recursos Pesqueros. Sin embargo, es menester analizarlo un poco.
Este Proyecto plantea que la administración de los recursos pesqueros debe basarse en el “principio precautorio”, es decir, que en los casos en los cuales no se cuente con la información técnica suficiente de una población, deben tomarse medidas precautorias sobre las decisiones de administración de los recursos pesqueros. Por ejemplo, disminuir un porcentaje de una cuota global de captura.
Sin embargo, sepan ustedes que cada vez son menos los recursos para la investigación pesquera, de hecho, el Instituto de Fomento Pesquero (IFOP), es una instancia que se creó en los años 60’s con la finalidad de fomentar la incipiente actividad pesquera, no obstante, en el actual escenario de sobreexplotación y colapso de las pesquerías, no tiene mayor sentido. Asimismo, el Fondo de Investigación Pesquera (FIP) que es el encargado de realizar los estudios para el manejo de pesquerías, cada vez cuenta con menores ingresos. Por ejemplo; el año 2010 se solicitaron 117 estudios y se ejecutaron solamente 9, hasta agosto del año 2011 se solicitaron 58 estudios y se financiaron solamente 9 de ellos.
En este contexto, el Proyecto de Ley propone crear un equipo de asesores técnicos, denominado “panel de expertos” con la finalidad de que estos estimen, por ejemplo, la magnitud de las cuotas de captura. En la actualidad, la última decisión la tiene el Consejo Nacional de Pesca y Consejos Zonales de Pesca. Aquello, es un avance, dado, que la presión que hacían en estas instancias, tanto, el sector Industrial como Artesanal (aunque considerando que éste último posee solamente el 25% de la cuota de los peces que se capturan con esta medida de administración), producían un aumento de las cuotas de captura la que se acentuaba en época de elecciones.
Una de las principales tareas del “panel de expertos” es determinar el Punto Biológico de Referencia, es decir, aquella tasa de explotación ejercida sobre una población de recursos para que ésta se mantenga en el tiempo, planteándose que este punto debe coincidir con el máximo rendimiento de la población. No obstante, dado, la inevitable incerteza de la cantidad real de recursos presentes en el mar y los ciclos a los cuales están sujetos, por ejemplo, con la aparición del fenómeno del NIÑO o la NIÑA, éstas no deben ser manejadas en su punto de máximo rendimiento, sino, en “Puntos de Referencia Objetivo” es decir, plantearse una discusión respecto de qué es lo que se espera del manejo de una población de recursos pesqueros y la finalidad de la extracción. Por ejemplo, dar prioridad a la alimentación nacional.
Pesca Artesanal, condenada
Respecto de las regulaciones dirigidas hacia el sector pesquero artesanal, se plantea como una enorme solución el establecimiento de la franja de una milla como reserva para las embarcaciones menores de 12 metros de eslora. Sin embargo, a excepción de la pesquería de la Sardina, el actual estado de sobreexplotación de los recursos pesqueros produce que en la milla en cuestión no es posible extraer una importante cantidad de ejemplares que posibilite un ingreso económico a los pescadores artesanales. De hecho, en el Puerto de Lebu, las embarcaciones de las magnitudes señaladas extraen recursos recurrentemente fuera de las 5 millas de reserva para la pesca artesanal y hasta unas 30 millas de la costa.
Por cuanto, en vez de encerrar más a los pescadores artesanales a la costa, se debiera ampliar la franja reserva, por lo menos a unas 10 millas marinas. No obstante, aquello no es propuesto en el Proyecto de Ley.
Una de las medidas que más conflicto ha causado es la incorporación de un posicionador satelital en las embarcaciones pesqueras artesanales de más de 12 metros de eslora. Sin embargo, esto hay que analizarlo en un contexto de agotamiento de los recursos pesqueros y la regionalización que se aplica a los pescadores artesanales. Así, uno de los principales problemas de esto es el hecho que en el actual estado de escasez de los recursos pesqueros, muchas veces obliga a los pescadores artesanales a buscar caladeros fuera de la región de operación permanente a la que están determinados por la normativa.
Para proteger al pescador artesanal que capturan recursos para el consumo humano directo, aquella medida debe implementarse en las embarcaciones pesqueras sardineras y anchoveteras que destinan sus productos a la industria reductora de harina de pescado.
Es necesario comprender que la actividad extractiva pesquera artesanal es completamente diferente entre las categorías que establece la Ley de Pesca, tanto, en torno a la sustentabilidad de los recursos y el nivel de ingresos económicos. Así, la categoría denominada “Pescadores Propiamente Tal”, que agrupa a tripulantes, marinos, motoristas, patrones de pesca, etc. no debe estar zonificada a la región de operación permanente, es decir, debe considerarse la posibilidad que éstos se trasladen, al igual que cualquier otro trabajador nacional, por todo el país. De hecho, con esta medida no se pone en riesgo la sustentabilidad de los recursos pesqueros.
Otra modificación hacia el sector pesquero artesanal, es el cobro de una patente de 0,4 UTM por TRG (cálculo a partir del largo, ancho y alto de una embarcación) con lo cual se permitiría el ejercicio de la actividad. Así, una embarcación artesanal que por normativa debe tener un máximo de 50 TRG deberá pagar al año un total de 791.000 pesos. Si bien a la actividad industrial se aplica un mayor cobro por concepto de patente, no son comparables los niveles de ingresos de ambas actividades extractivas. De hecho, el Estado solo recauda un 1,5% de las ventas anuales del sector. Por cuanto, es menester, aplicar un Royalty a la actividad extractiva industrial, lo cual no es considerado en el Proyecto de Ley.
Los peces gordos se quedan con la pesca, indefinidamente
Respecto de la pesca industrial, las principales modificaciones que se plantea en el Proyecto de Ley, tienen relación con el acceso a ésta. De hecho, propone que en las pesquerías que se administren con una cuota global de captura, se crearán tres tipos de licencias “transables” de pesca. Licencias Clase A, Clase B y Clase C. Las licencias transables clase A y B serán entregadas en forma indefinida y la clase C serán anuales. Además, éstas serán divisibles, transferibles, trasmisibles y sujetas a cualquier tipo de negocio jurídico.
Las licencias Clase A serán entregadas a las industrias que ya tienen participación en la actividad extractiva, bajo el criterio “el que tiene mantiene”, es decir, las 10 familias dueñas del 80% de los recursos pesqueros, seguirán usufructuando de su control. Las licencias Clase B, buscan una licitación, que en lo concreto no tiene mayor sustento. De hecho, se plantea que cuando se extraiga un 15% menos que el límite máximo de rendimiento estimado, este remanente se licitarán y con ello aparecerán las licencias clase C, no obstante, las principales pesquerías están en colapso y sobreexplotadas, por cuanto, difícilmente podrán ser licitadas, ya que no existirá un remanente.
Así, simplemente, se busca perpetuar y facilitar el negocio a las grandes empresas y con ello permitir y posibilitar el arribo del gran capital trasnacional, esencialmente, Europeo y Chino, facilitado por los tratados de libre comercio ya firmados, que en la actualidad operan fuera de las 200 millas marinas y que han manifestado un notorio interes de operar en Chile (recordemos que poseemos uno de los cinco mares más productivos de vida del mundo y las costas de estos países ya están colapsadas).
Otra modificación que ha causado un impacto importante, tiene relación con la división de la cuota global de las doce principales pesquerías nacionales entre el sector Industrial y el sector Artesanal. Solamente un aumento de participación significativa se avanzó en el recurso Sardina Común (con la que hacen harina), pues a la industria le conviene aquello, ya que disminuye su inversión en embarcaciones y no les significa un mayor riesgo. La industria pesquera maneja el precio de compra de la sardina e incluso asignan préstamos a armadores artesanales para la construcción de embarcaciones, con lo que controla todo el proceso.
En el caso del Jurel, se obtuvo un aumento de un 5%, es decir, el sector artesanal tendría un 10% de la cuota y el industrial un 90%. En la Merluza Común un 40% artesanal y 60% industrial. Merluza del Sur un 60% artesanal y 40% industrial. Congrio Dorado, tal cual como es actualmente. Estas divisiones se proponen para un periodo de 20 años, sin embargo,  es fundamental disminuir aquel periodo de evaluación a 10 años.
Además, se plantea que se protegerá  del ingreso a las 5 millas de las embarcaciones industriales, sin embargo desde la Quinta Región hacia el sur, buscando proteger los intereses de los grandes grupos económicos que operan en el norte del país, liderados por la familia Angelini, que extraen la sardina que se distribuye dentro de esta franja de reserva y que se utiliza exclusivamente para fabricar harina.
Asimismo, el Proyecto de Ley no restringe la utilización de artes de pesca como el Arrastre, en el cual existe un consenso entre la comunidad especializada que es uno de los artes de pesca más destructivos utilizados en la actualidad.
En resumen, el Proyecto de Ley busca en lo concreto facilitar el negocio a los grandes capitalistas de la actividad industrial y facilitar el arribo del gran capital Internacional. Asimismo, plantea una potencial licitación que en lo concreto no se podrá realizar y encierra cada vez más al sector pesquero artesanal nacional.
Además, no es capaz de incorporar una visión normativa diferenciada hacia en el sector extractivo artesanal, por ejemplo, facilitar la operación en aquellos que extraen recursos para el consumo humano directo y violando incluso a la constitución, en lo relativo a la zonificación de los trabajadores de la pesca artesanal. Tampoco incorpora al mundo Mapuche Lafkenche. En definitiva, el Proyecto de Ley es un retroceso para nuestra soberanía y un brutal despojo de una fuente de alimentos para todo Chile.
*Asesor Técnico, Mesa Comunal de Pesca de Lebu
Un colonialismo que amenaza. “INTERNACIONALIZACIÓN Y LA PESCA COMO MONEDA DE CAMBIO” E-mail
Escrito por Lester Chavez Campbell (resumen.cl)   
Jueves, 24 de Mayo de 2012 00:00
La relación de la creciente clase burócrata con nuestro mar y la fuente de alimentos marinos que posee, se enmarca en el contexto globalizador capitalista neoliberal y una relación que sigue siendo colonial. Los gobiernos, tanto de la Concertación, esencialmente, Ricardo Lagos y Michelle Bachelet y el actual Gobierno de la Coalición por el Cambio, de Sebastian Piñera, se han comportado muy fluctuantes respecto de la actividad pesquera dependiendo del patrón internacional con quien se negocia y/o los intereses económicos de los capitalistas pesqueros nacionales.
En el contexto nacional, la administración de las pesquerías ha privilegiado al gran capital industrial, en desmedro de las comunidades costeras dedicadas a la pesca artesanal. Sin embargo, en un contexto internacional, la preferencia del capitalista nacional es dejada a un lado por la preferencia al capital trasnacional. ¿A qué se debe esta situación? Las respuestas a esta pregunta se enmarcan en la simpleza de que “la actividad extractiva pesquera ha sido la moneda de cambio para ingresar en un acuerdo económico internacional otros rubros” como la agricultura, forestal y parte de la manufactura industrial. Esto fue lo que sucedió con el Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea y el ingreso de Chile a la O.C.D.E.
Acuerdo CHILE – Unión Europea
El 18 de noviembre del año 2002 se firmó el tratado de libre comercio entre Chile y la Unión Europea. Es menester y necesario destacar la concordancia temporal y la relación vinculativa existente entre el tratado de Libre Comercio con la Comunidad Europea y las negociaciones y lobbies que permitieron la promulgación, el año 2002, de la ley corta de pesca y con ello la privatización de las doce principales pesquerías (poblaciones de recursos pesqueros, por ejemplo: el jurel, la merluza, etc) nacionales entregándoselas a un par de familias privilegiadas. Cabe destacar que el gobierno de Ricardo Lagos fue quien concretó esta ley, que según las palabras del Ex – Senador y Ex – Secretario General del Partido Socialista de Chile Sr: Carlos Altamirano “ha sido el mejor gobierno de Centro de Derecha del último siglo”.
Así, una vez firmado el acuerdo comercial con la Unión Europea se estableció un Protocolo de Inversión Pesquera (P.I.P). Éste, responde a una política de la Comunidad Europea que se inicia en los años 70’ y continúa con el Régimen Comunitario de Pesca y de Acuicultura establecido el año 1992 y ratificado el 4 de junio de 1998. Con éste se produjo una importante reducción y disponibilidad de recursos pesqueros en aguas comunitarias europeas, por lo que se trasladó parte importante de esta enorme flota pesquera hacia otras latitudes, esencialmente, países en desarrollo. Por lo tanto, la firma del TLC con Europa representó una excelente oportunidad de inversión y con ello del crecimiento del negocio pesquero para los capitalistas europeos, principalmente españoles, ya que la biomasa pesquera estaba y sigue agotada en Europa.
El Protocolo de Inversión Pesquera (P.I.P) permitió  que empresas de la Comunidad Europea pudiesen adquirir un 51% de las acciones y con ello controlar la gerencia de las empresas pesqueras en Chile y a su vez los capitalistas chilenos podrían controlar la mayoría del capital y gerencia de las empresas pesqueras de la comunidad Europea. No obstante, en Europa ya no quedan recursos pesqueros disponibles. Por su parte, una empresa europea puede obtener tres derechos ligados a la actividad extractiva; a) Derecho a realizar faenas extractivas (derecho a pescar), b) Derecho a utilizar las embarcaciones de la empresa controlada y c) Derecho a extraer la fracción de la cuota para el recurso objetivo de dicha empresa.
Sin embargo, éste es solamente un engranaje de esta maquinaria que tiene por finalidad despojarnos del mar. Así, otro hecho trascendental derivado del T.L.C con la Unión Europea, tiene relación con entregar garantías de operatividad hacia los buques factorías europeos que realizan faenas extractivas frente a nuestras costas. Estas garantías buscan; a) Permitir y facilitar el abastecimiento de tripulantes, insumos y mercancías y b) Utilizar puertos nacionales para que recalen los buques y exporten desde allí.
El primer punto, se relaciona esencialmente con la pesca indiscriminada del recurso Jurel por buques factoría, principalmente, con bandera Española, Holandesa y Rusa. Así, se generó una gran tensión con los empresarios pesqueros nacionales los que ejercieron una continua presión al gobierno de Michelle Bachelet lo que obligó  a promulgar medidas legislativas que buscaban regular el abastecimiento de las naves que prestan servicios de apoyo logístico, avituallamiento o preparación de la pesca (tales como transporte de personas, del recurso, insumos o cualquier otro suministro).
El segundo punto, se relaciona esencialmente con la pesca indiscriminada del recurso Albacora. Debido a la limitación de los niveles de captura del pez espada (Albacora) en el Océano Atlántico establecida en los 90’s las pesqueras Europeas, esencialmente españolas, trasladaron sus actividades hacia el Sudeste del Océano Pacifico (Frente a Chile y Perú) y con ello la presión de estos por utilizar los puertos nacionales. Aquello, produjo una enorme tensión con la industria nacional, lo que llevó que la Asociación Nacional de Armadores de Buques Palangreros de Altura de España (ANAPA) a efectuar una denuncia en contra de Chile, la que fue presentada formalmente ante la Comisión Europea el 26 de mayo de 1998, apelando a la libertad de tránsito. Así, el 5 de abril del 2000, la comisión concluye que; si bien comparte el objetivo de conservar la especie, considera que cualquiera de las medidas encaminadas a ese fin deben tomarse de la manera que menos perturbe al comercio y no deben producir una discriminación arbitraria e injustificable. Asimismo, sostuvo que Chile no cumplió con la obligación que tienen los miembros de la Organización Mundial de Comercio (OMC),  ya que equivale a una discriminación injustificable y arbitraria. Además, que la prohibición de desembarcar en los puertos chilenos viola el principio de la libertad de tránsito establecido.
Así, y debido a la “necesidad” de ingresar a la O.C.D.E y a las presiones internacionales el 16 de octubre de 2008 el gobierno de Michelle Bachelet, accedió a impulsar un pre – acuerdo, a escondidas del sector pesquero nacional, que debe ser ratificado por el Congreso Nacional y la Comisión de Pesca del Congreso de la Comunidad Europea. Éste fue consensuado por medio de una reunión entre la Cancillería Chilena y representantes de la Unión Europea. Aquel, buscaba entregar los puertos nacionales de Iquique, Antofagasta y Punta Arenas con la finalidad que buques factorías palangreros europeos pudiesen desembarcar y exportar la Albacora a través de ellos. Sin embargo, el 31 de noviembre del año 2011 la comisión de pesca del parlamento Europeo rechazó el acuerdo, ya que no consideraba el arribo de buques factorías de la comunidad, que capturan el recurso Jurel, los que también quieren ingresar a exportar por puertos nacionales.
Esta solicitud hecha por la Unión Europea de utilizar los puertos nacionales para exportar la Albacora y que sea extendida al Jurel, solamente es resistida desde el Estado chileno, respecto de la sustentabilidad del recurso, es decir, si los barcos factorías Europeos demuestran que extraen recursos que cumplen la legislación nacional respecto de la talla y arte de pesca la puertas serán abiertas. Lo anterior atenta contra todo tipo de soberanía, asimismo, es un golpe fatal hacia las comunidades de pescadores artesanales que viven de la extracción de la Albacora, pues los sitúa en un contexto de competencia comercial mayor, por lo que podría aumentar la cesantía y vulnerabilidad del sector.
Ingreso de Chile a la OCDE
El 11 de enero de 2010 Chile aceptó la invitación para ingresar a la O.C.D.E, instancia que influyó en el diseño de políticas públicas para diferentes sectores nacionales, entre ellos, la actividad extractiva pesquera, porque las decisiones del consejo son legalmente vinculantes. Así, un requisito para ingresar a la O.C.D.E es que el país miembro debe tener una economía de mercado y adherir a los principios de una economía abierta globalizada. De hecho, para el ingreso de Chile como país miembro, el 30 de noviembre de 2007 el Consejo aprobó la hoja de ruta  para su adhesión a la Convención de la O.C.D.E. Donde para el caso de nuestro país se incluyeron tres comités que examinarían las políticas nacionales respecto de sectores específicos: la pesca, el acero y la agricultura.
La O.C.D.E plantea que la gestión de la actividad extractiva de la Pesca debe basarse en los instrumentos del mercado, y con ello facilitar el ejercicio de la actividad económica (por ejemplo permitir la utilización de los puertos nacionales para las embarcaciones factorías que operan frente a las costas chilenas). Así, establece que la creación de derechos o permisos de pesca deben caracterizarse por: a) Derecho exclusivo a uso, b) Derecho a los beneficios y c) Derecho a la venta y/o transabilidad.
Por tanto, al parecer, lo que viene a coronar la torta de la internacionalización de los recursos alimentarios presentes en nuestro mar y que a su vez permite retroceder en nuestra soberanía alimentaria, tiene relación con el actual proyecto de Ley de Pesca que modifica la Ley “General de Pesca y Acuicultura” ingresado por el Gobierno de Sebastián Piñera el 14 de diciembre del recién pasado año, por medio, del Boletín N° 8091.
De las propuestas de modificación plasmadas en el Proyecto de Ley la que causa una mayor preocupación y se ajusta a la venta de nuestro mar y de los recursos alimentarios que contiene, se plasma en el inciso primero de la sustitución del articulo N°  31 que plantea que “Las licencias transables de pesca serán divisibles, transferibles, transmisibles, y susceptibles de todo negocio jurídico”.
Aquello, conlleva el inicio del término del proceso de internacionalización y despojo de nuestro mar, pues facilita el arribo de la enorme flota China, Rusa y Europea y con ello, la compra de empresas nacionales con los respectivos derecho a cuota. Asimismo, supone que facilita la utilización de nuestros puertos para el arribo de la flota factoría que operan fuera de las doscientas millas. Así, no habría necesidad de llegar a un juicio internacional (como lo que está sucediendo con la Albacora y se quiere ampliar al Jurel).
Por cuanto, es necesaria una unidad mayor del sector pesquero artesanal, ambientalistas, ecologistas, científicos y todos aquellos que quieran proteger nuestra soberanía alimentaria y con ello nuestro mar altamente productivo de vida.
A recuperar los recursos alimentarios para nuestra gente y con ello realizar nuestra “Soberanía Alimentaria”, derecho colectivo que es necesario incorporar como sentido común entre las personas.
 *Ingeniero en Acuicultura y Pesca
Asesor Técnico
Mesa Comunal de Pesca de Lebu
Comuna de Lebu – Provincia de Arauco